Joy to the World, the Lord is come!!!
FELIZ NAVIDAD!! Espero que hayáis pasado una feliz Nochebuena con vuestros familiares y seres queridos y hoy tengáis un fantástico día. Que el Niño Dios nos contagie su ternura y bondad!!
Joy to the World, the Lord is come!!!
FELIZ NAVIDAD!! Espero que hayáis pasado una feliz Nochebuena con vuestros familiares y seres queridos y hoy tengáis un fantástico día. Que el Niño Dios nos contagie su ternura y bondad!!
Cuando estás frente a frente con la mujer de tu vida, contrayendo matrimonio para continuar con el proyecto de vida que ya empezó años atrás, en ese instante no te imaginas (menos mal) que, después de 30 años juntos, tres hijos y muchas vivencias inolvidables, volverás a estar frente a frente con ella, en absoluto silencio, sentados en un pasillo de los Juzgados esperando turno para que Su Señoría escuche a otra pareja más que se quiere divorciar. En el papel, simplemente es el divorcio contencioso XXX/2008, pero detrás hay una historia de dos personas, de una familia.
Artículo 816 LEC Incomparecencia del deudor requerido y despacho de la ejecución. Intereses.
1. Si el deudor requerido no compareciere ante el tribunal, éste dictará auto en el que despachará ejecución por la cantidad adeudada.
2. Despachada ejecución, proseguirá ésta conforme a lo dispuesto para la de sentencias judiciales, pudiendo formularse la oposición prevista en estos casos, pero el solicitante del proceso monitorio y el deudor ejecutado no podrán pretender ulteriormente en proceso ordinario la cantidad reclamada en el monitorio o la devolución de la que con la ejecución se obtuviere.
Desde que se dicte el auto despachando ejecución la deuda devengará el interés a que se refiere el artículo 576
1. En caso de concurso de persona casada, la masa activa comprenderá los bienes y derechos propios o privativos del concursado.
2. Si el régimen económico del matrimonio fuese el de sociedad de gananciales o cualquier otro de comunidad de bienes, se incluirán en la masa, además, los bienes gananciales o comunes cuando deban responder de obligaciones del concursado. En este caso, el cónyuge del concursado podrá pedir la disolución de la sociedad o comunidad conyugal y el juez acordará la liquidación o división del patrimonio que se llevará a cabo de forma coordinada con lo que resulte del convenio o de la liquidación del concurso.
A veces quisiera tener una varita mágica para solucionar los problemas de las personas. Hoy he comprobado (otra vez) que el abogado debe tener algo de "psicólogo". Ha venido un cliente y nos ha estado contando (otra vez) todos sus problemas, la presión que tiene, el dolor moral que le causa y de verdad que me ha dado mucha pena. Hay gente que tiene muy mala suerte en la vida. Y uno, aunque tiene muchas cosas que hacer, tiene que activar el "listening mode" y escuchar con atención y paciencia, porque te das cuenta de que las personas vienen a confiarte cosas importantes: su vida, si es un asunto familiar, o de amenazas, por ejemplo, o su patromonio, etc. Me acuerdo de nuestro profesor de Derecho Procesal de la universidad (D.E.P.), que siempre nos decía que a los clientes había que sentarlos en sillas incómodas, porque si no se tiraban toda la mañana contándote su vida... Ahora lo entiendo. Pero hay que saber distinguir: hay personas que son "tostonazo" y hay personas que necesitan un poco de apoyo, 10 minutos de escucha y unas palabras esperanzadoras. Aunque tenga que darle la razón en que a veces la Justicia es tal y cual o que el asistente social que le atendió es un ... impresentable (por decirlo suave), he aprendido que es conveniente quedarse callado, dejar que el otro hable y no alimentar la frustración que ya traen. Necesitan tranquilidad y algo de confianza en que las cosas pueden salir bien.