lunes, 16 de marzo de 2009

Hasta que se pierde II



El siguiente encuentro con el acusado fue en la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Madrid. En esta ocasión ni sonreía ni lloraba; su rostro estaba serio y aparentemente sereno.


Llegó la hora de la verdad. Nada más empezar el juicio se confirma que los testigos no están, por lo que se hace saber a la Sala el interés en suspender el juicio ya que su testimonio es fundamental para la defensa; en el mismo sentido se manifiesta el ilustrísimo representante del Ministerio Fiscal, si bien propone que, salvo que la defensa no prefiera la celebración en unidad de acto, se celebre parte del juicio y se fije otro día para practicar el resto de la prueba. Sus señorías apagan los micrófonos y debaten brevemente sobre la conveniencia de esta última opción, deliberación que no podemos evitar escuchar todos los presentes debido a la proximidad entre unos y otros. La Presidenta manifiesta que han decidido que se celebre el juicio, pues la agenda está "muy animada", por lo que pasa muy amablemente a explicar al acusado, con palabras comprensibles y de forma muy cercana, su condición y los derechos que le reconoce la Constitución,, qué función cumple cada una de las personas que tiene ante sí y cómo será el desarrollo del juicio. Me sorprendió muy gratamente este detalle!!

Comienza el juicio con el interrogatorio del Ministerio Fiscal, si bien el acusado declara que sólo contestará a las preguntas de su Letrado, por lo que éste prosiguió con su interrogatorio. A continuación, creo que fue la Magistrada ponente, formuló unas cuantas preguntas y, acto seguido, se hizo traer las piezas de convicción para que el acusado las reconociese o no. Llegó el turno de la prueba pericial, que se realizó por videoconferencia. Este momento fue tan interesante como divertido!!! Mientras la perito contestaba las preguntas que se le formulaban, pasaban fugazmente por mi cabeza los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; me parecía que cobraban vida!!! Tanto tiempo en la memoria y por fin iban materializándose, especialmente los del prodecimiento ordinario!!!

Una de las anécdotas fue protagonizada por el oficial, que estaba sentado atrás en su mesa. Durante la celebración del juicio llamó por teléfono para pedir con voz alta y clara que "quitasen la calefacción", que "todavía estamos en juicio y nos estamos torrando"... jajajaja Hay que tener en cuenta que las paredes de la Sala son de cristal, por lo que entraba todo el sol y, encima, el juicio empezó a las 14:00hrs, por lo que el calor se empezaba a sentir en las mejillas!!!

Ya veremos qué pasa en la segunda sesión... No son ni uno ni dos años de prisión los que están en juego, sino muchos más!! Ya lo dice el refrán: "no se sabe lo que se tiene, hasta que se pierde"!!

Artículo 15 Ley Orgánica General Penitenciaria

1. El ingreso de un detenido, preso o penado, en cualquiera de los establecimientos penitenciarios se hará mediante mandamiento u orden de la autoridad competente, excepto en el supuesto de presentación voluntaria, que será inmediatamente comunicado a la autoridad judicial, quien resolverá lo procedente, y en los supuestos de estados de alarma, excepción o sitio en los que se estará a lo que se dispongan las correspondientes leyes especiales.

2. A cada interno se le abrirá un expediente personal relativo a su situación procesal y penitenciaria del que tendrá derecho a ser informado, y para cada penado se formará un protocolo de personalidad.



domingo, 15 de marzo de 2009

Hasta que se pierde I

Antes de seguir leyendo esta entrada, unas preguntas: ¿qué has hecho hoy?, ¿a dónde fuiste?, ¿con cuántas personas has hablado?, ¿a quién viste que te ha hecho tanta ilusión?, ¿qué comiste o qué te compraste?, ¿quién te llamó?, ¿viste alguna película o fuiste a dar un agradable paseo?, ¿estudiaste, trabajaste, viste la tele, fuiste al cine o al teatro, compartiste con tu familia o volviste de un viaje?...

Hace unas semanas tuve la oportunidad de vivir algo que me hizo valorar la libertad como nunca lo había hecho. Por primera vez visité un centro penitenciario. Fuimos a ver a un preventivo para preparar el juicio en el que está imputado.

De camino a la cárcel ya todo me pareció surrealista porque, aunque podía verla desde la carretera, no había ninguna señalización indicando la salida para dirigirse a la prisión. Es una situación que provoca bastante impotencia: ver el lugar al que quieres llegar y no saber cómo acceder a él. Acabamos dos veces en la entrada del Parque de Atracciones de la Warner, un lugar que es la antítesis del que me dirigía yo!!!

Finalmente llegamos y, ya en la entrada, me empiezo a imaginar cómo sería todo dentro: la vida, los residentes de aquel edificio, por qué estarían allí, qué estarían haciendo en ese momento... Nada más entrar, todo indica el lugar en el que estamos: taquillas para depositar las cosas, una salita para los cacheos, papeles y carteles "decoran" las paredes informando sobre los "vis a vis", sobre los requisitos para poder llevar paquetes a los internos, horarios de visitas, normativa de régimen interno, la cuenta de Banco para ingresar dinero, etc.
Tras pasar los respectivos controles, nos conducen por oscuros pasillos, rejas y más rejas; no pude evitar alzar la mirada al contemplar los muros y los alambres de púas que coronaban los mismos. Me parecía estar dentro de una película... hasta que escuché una voz que me dijo "aquí son los locutorios".

Los locutorios no distan mucho de los que se ven en la tele. Son cabinas contiguas en las que te comunicas con el preso a través de un cristal, y, por cierto, a grito limpio!!! Eso del telefonito no existe en Valdemoro. En las mesas que hay a cada lado del cristal hay unos orificios que, en teoría, deben servir de conducto para escuchar la voz del que está al otro lado, pero... escuchar lo que se dice escuchar, más bien poco. Por eso hay que alzar bastante la voz y eso supone que te enteras perfectamente de lo que está hablando el abogado del locutorio vecino con su cliente: el delito que se le imputa, la estrategia para su defensa, etc.

Cuando nos íbamos, el chico empezó a llorar. Ahí me acordé del derecho a la libertad, del artículo 17 de la Constitución. La de veces que lo he recitado como un papagayo y qué poco consciente era del alcance de su valor. Yo salí de la cárcel de Valdemoro y me fui a cenar con mis amigos. Las personas que pierden su libertad no pueden decidir qué hacen, a dónde van, la música que quieren escuchar ni pueden planear un viaje, aunque sí conservan su libertad de pensamiento, sus ideas y sentimientos, que no son menos importante!!. Es cierto que, generalmente, las cosas se valoran cuando se pierden. En este caso, no me hizo falta perder la libertad para valorarla; me bastó pasar la tarde de un viernes visitando a alguien que sí la ha perdido.

Artículo 17 Constitución Española

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley.

2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la Ley establezca.

4. La Ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por la Ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

jueves, 5 de marzo de 2009

Un mal día lo tiene cualquiera

Hay dìas que no sabes por qué, pero todo te sienta mal, todo lo interpretas mal, todos están contra tí y sólo tienes ganas de protestar, gritar y mandar a todo el mundo a la otra punta del mundo.

Un comentario cualquiera, que ayer o antes de ayer podría dar lugar a la risa o simplemente a la indiferencia, hoy puede ser el desencadenante de "Una serie de catastróficas desdichas" (me encanta esa peli, la recomiendo!!!).

Hoy no era buen día para moderme el labio mascando chicle: me hubiese autoenvenenado!!!!

No he estado fina por teléfono, ni en el trato personal, ni tenía ganas de salir, así que cancelé el plan que tenía esta noche porque no quería amargarle el día a nadie.

Menos mal que sé que esto es pasajero y que es una chorrada comparado con los problemas que tienen muchas personas. El ejercicio y la música están amansando la fiera!!!!

Espero que tengáis un feliz viernes como preludio a un magnífico fin de semana!!!

Artículo 19 Ley Enjuiciamiento Civil. Derecho de disposición de los litigantes. Transacción y suspensión.

1. Los litigantes estén facultados para disponer del objeto del juicio y podrán renunciar, desistir del juicio, allanarse, someterse a arbitraje y transigir sobre lo que sea objeto del mismo, excepto cuando la ley lo prohiba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero.

2. Si las partes pretendieran una transacción judicial y el acuerdo o convenio que alcanzaren fuere conforme a lo previsto en el apartado anterior, será homologado por el tribunal que esté conociendo del litigio al que se pretenda poner fin.

3. Los actos a que se refieren los apartados anteriores podrán realizarse, según su naturaleza, en cualquier momento de la primera instancia o de los recursos o de la ejecución de sentencia.

4. Asimismo, las partes podrán solicitar la suspensión del proceso, que será acordada, mediante auto, por el tribunal, siempre que no perjudique al interés general o a tercero y que el plazo de la suspensión no supere los sesenta días.