jueves, 14 de mayo de 2009

Por el artículo 33

El otro día leí en expansion.com que "El 88% de los abogados cree que la Justicia está en crisis" . Lo primero que pensé fue "¿y el 12% restante??? Deben ser no ejercientes o no contestaron el teléfono o no entendieron bien las preguntas del entrevistador". Lo cierto es que la Justicia en este país está muy enfermita, y a veces me da la impresión de que es un pobre animalito que se está muriendo mientras todos a su alrededor obsevamos cómo sigue pudriéndose sin hacer nada para sanarlo.

A pesar de todo, los días que voy a los Juzgados son de los más me gustan; disfruto muchísimo porque observo a las personas, los compañeros, las caras de los que esperan en los pasillos, el contraste entre la alegría de los que se dirigen a la Sala de Bodas y el nerviosismo de los que van hacia la Sala de Audiencias, aprendo del trabajo de los oficiales, los fiscales y jueces, veo cómo funcionan en cada juzgado, y me encanta comprobar que hay personas que hacen muy bien su trabajo, que, a pesar de la sobrecarga que tienen, te atienden con cortesía e incluso sonrisas. Peeeeeero, no siempre es así... hay de todo en la viña del Señor.

Algunos de nuestros queridos compañeros de la Procuraduría se emocionan tanto cuando se les llama para preguntarles cuánto pedirían de provisión de fondos por un desahucio, que parece ser que el "dinerito calentito" para afrontar esta crisis les provoca alucinaciones, sudores o algún tipo de alteración psico-física por la cual, al calcular el arancel se les va un poco, sólo un poco la mano... por eso uno me soltó: "500 euros"... Se me escapó: "¿¿¿500 euros??? ; respuesta "sí, 500 euros" :O Tras varias llamadas, el desahucio quedó adjudicado a la que me pidió 250 euracos.

También fue muy "gracioso" el día que una oficial de un Juzgado de Móstoles me apagó la luz... sí, sí, me dejó a oscuras. Tenía que ir a ver unos autos que habían llegado del Pais Vasco y sólo pude acercarme un viernes antes de comer. Resultó que lo que yo pensaba que serían unos cuantos folios, era casi una enciclopedia!!! Así que empecé a hacer fotocopias y me dieron las 14:00 hrs, es decir, hora de "chapar" e irse a comer... pero yo seguí fotocopiando, haciendo uso de los 5 minutos de "cortesía". Empecé a sentir los resoplidos de las oficiales, las ganas de ir a tomar la primera caña del fin de semana y apagar la luz.Y así fue...¡¡¡¡ me apagaron la luz!!! Fue muuuy fuerteeee... ni 5 minutos ni nada... joeeeeee que yo también estoy cansada, tengo hambre, calor, me quiero ir de juerga y encima... todavía estoy trabajando, por favorrrrrrrrrrr.

Otra muy buena fue hace unas semanas. Pedí a un Decanato un listado de las causas pendientes entre una cliente y su exmarido... menudo elemento, cuidadín con él!! Después de unas semanas, nos facilitaron sólo la referencia de los juicios civiles: las medidas provisionales, el divorcio y la ejecución. Se tuvo que pedir de nuevo, por escrito, la lista de los asuntos penales. Y volvieron a remitir los civiles. Fui personalmente al Decanato para explicarles un poco la situación y reiterar la petición. Mis oídos no daban crédito cuando escucharon las palabras de la señorita que me atendió: "pero es que son un montón de causas, tendría que ir una por una y yo no puedo perder toda la mañana en eso" Ostras Pedrín... no puede perder toda la mañana en hacer su trabajo!!! En fin, no pasa nada... "sólo" es un simple asunto de violencia de género!!!

Y la palma de "platino" se la lleva la titular de un Juzgado de Instrucción de Madrid. Fuimos a un juicio de faltas, estando pendiente de acumulación otro que venía de otro Juzgado y, antes de empezar, preguntada su Señoría sobre si había decidido ya sobre la acumulación (pues no no había llegado el auto de acumulación ni nada de nada) para ver si se celebraban ambos a la vez o no, suelta: "el qué?? qué autos??? y de dónde vienen???" Menos mal que la Secretaria Judicial es de lo más eficiente que he visto y la puso al día en 30 segundos... Supuestamente, dio a entender que se celebraría el juicio para el que nos habían citado, pero la sorpresa fue cuando llegó la sentencia... ambos celebrados y todo el mundo absuelto!!!! Se sacaron de la chistera un auto de acumulación de fecha anterior, celebraron ambos juicios "aplicando el artículo 33, que viene a decir que puedo hacer lo que me salga de los webs" En fin, qué le vamos a hacer... "si usted no está conforme, pues recurra".

Me encanta esta profesión, es exigente, divertida, entretenida, dura, apasionante, gratificante y en ocasiones... "recurrente"!!!!!!!!!!!

Artículo 76 Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro
El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa contra el asegurador para exigirle el cumplimiento de la obligación de indemnizar, sin perjuicio del derecho del asegurador a repetir contra el asegurado, en el caso de que sea debido a conducta dolosa de éste, el daño o perjuicio causado a tercero. La acción directa es inmune a las excepciones que puedan corresponder al asegurador contra el asegurado. El asegurador puede, no obstante, oponer la culpa exclusiva del perjudicado y las excepciones personales que tenga contra éste. A los efectos del ejercicio de la acción directa, el asegurado estará obligado a manifestar al tercero perjudicado o a sus herederos la existencia del contrato de seguro y su contenido.



miércoles, 13 de mayo de 2009

Violet Blossom

El lunes pasado fue uno de los días más emocionantes que recuerdo, uno de esos días con los que se sueña durante años y por fin se hace realidad. Finalmente, gracias a Dios, al esfuerzo personal y a que la mala suerte se cogió el día libre, pasó lo que tenía que pasar: ella, la escogida del ramo de violetas, floreció. Mi hermana (lo único que no nos une es la sangre) superó una prueba que le ha permitido sentir el más grande de los alivios, respirar profundo y poder decir "misión cumplida, ya soy fiscal". Se acabaron las horas interminables de estudio, la renuncia constante a los pequeños placeres de la vida, los dolores de espalda, de rodilla, de cabeza, etc. y ya no tendrás que decir nunca más a tus familiares y amigos "no puedo, es que tengo que estudiar".

Han tenido que pasar cinco años y medio para este momento. La vida me ha permitido vivirlo con ella de cerca, saboreando intensamente los momentos dulces y aprendiendo a tragar saliva en los amargos. El mayor regalo ha sido compartir todo esto y fortalecer así nuestra amistad. Estos días me preguntaron si sentí envidia cuando ella lo consiguió, ya que yo abandoné el camino de la oposición después de todo lo que había avanzado... "En absoluto, para nada" fue mi respuesta!!! El lunes sentí de las mayores alegrías, una satisfacción enorme al poder ser testigo de ese éxito tan merecido, porque mi querida amiga ha sufrido mucho para llegar a esta cima tan anhelada. Supo esperar y su sueño no murió, se ha hecho realidad y empezará a disfrutarlo poco a poco, cuando vaya asimilando lo que ha conseguido!! Y yo estaré ahí para inmortalizar con mis retinas todos esos momentos que nos quedan por compartir!!!!!!!!!!!!!!

Mi niña, gracias por todo, por todo lo que he aprendido de tí y por ser como eres. Qué gran fiscal vas a ser (aunque algunos siguen insistiendo en que deberías optar por la judicatura jejeje) y qué suerte tendrán los justiciables por tu gran calidad humana, lo responsable y profesional que eres. Te doy las gracias anticipadamente por todo lo que nos vas a soplar "desde dentro", por las recopilaciones de jurisprudencia que nos vas a pasar, etc... jajajaja

Bueno, que ya te sabes todo esto de memoria... Enhorabuena y... seguiremos celebrando tu aprobado y muchas cosas más, gitana!!!!!! juuuurrrrrrrrrrrrrrrr

sábado, 18 de abril de 2009

DE(s)-FUNCIÓN

La vuelta de la Semana Santa ha sido bastante movidita: mucho curro, un amago de catarro y noticias desconcertantes. Una de ellas fue el fallecimiento de un cliente que iba a solicitar la declaraciòn del concurso de acreedores de persona fìsica. Estaban los papeles preparados para pedir la justicia gratuita cuando llegó su mujer al despacho y nos dio la triste noticia. El panorama cambia totalmente: del concurso a la herencia, intestada además!!

Nos pusimos manos a la obra rápidamente, pero para mover muchos papeles es indispensable el certificado de defunción. Generalmente el Registro Civil tarda unos dìas en practicar la inscripción del fallecimiento, aunque todo depende del Registro al que le corresponda, es decir, del lugar donde pereció la persona. En este caso fue Majadahonda, municipio de Madrid donde no sólo los Juzgados van a paso tortuga, sino también el Registro Civil. Me confirmaron que tardan 1 MES en inscribir la defunción!!!! Qué fuerte!! Y mientras tanto... a esperar... No se puede pedir hasta entonces ni el certificado de Actos de Última Voluntad, ni el del Registro de Contratos de Seguro de cobertura de fallecimiento. Mi gozo en un pozo.. bueno, más bien el de los herederos... que están entre renunciar o aceptar a beneficio de inventario.

A mí me parece genial que Dña. Esperanza haya puesto el nuevo hospital Puerta de Hierro en Majadahonda, pero tenían que haber previsto que en este municipio iban a fallecer muchas más personas y, por tanto, aumentar considerablemente el volumen de trabajo, por lo que hay que dotar con más personal y más recursos a los Juzgados de esta localidad, porque si ya tenían retraso... ahora estarán más que saturados!! Así que si el ministro Caamaño y/o la Directora General de los Registros y el Notariado, la Sra. Alcalá, leen esto, por favor, hagan lo que sea preciso para poner remedio a esto, pues escapa a toda lógica que tenga que esperarse al menos 1 MES para que se practique una inscripción, y luego lo que tarden en enviar una certificación literal!!! Pues eso, ahí queda dicho!!

Os dejo una canción que me encantaaaaaaaaaaaaaaaa Me recuerda a mis años mozos, las noches de bailoteo... Seguro que os gusta!!!!!!! Así animamos este día tan gris que hace ;D

martes, 14 de abril de 2009

Esperanza

La esperanza es lo último que se pierde; más bien, no debemos perderla nunca!!! Finalmente, la ilustrísima Sala de la Audiencia Provincial dictó fallo condenatorio, pero tan sólo a 3 años de prisión, además del multón y la accesoria de inhabilitación especial.

La frase que escuché nada más tener la sentencia en mis manos fue "los casos se ganan en los despachos". Pues sí, pero también hay que dar el do de pecho el día del juicio y... por qué no, un poco de suerte!! La lección que he aprendido de este caso es que no hay que dar nada por perdido ni tampoco por ganado, por muy claro y evidente que esté el asunto. Hay que estudiar, hay que currar y hay que probar, que es lo más importante: la prueba!!!!

Además de esperanza, también he aprendido otra cosa: a los juicios hay que llegar más que puntual, hay que llegar por lo menos 20 minutos antes!!! Tuvimos un juicio de faltas (unas amenazas) y el denunciante (que tiene experiencia en esto de acudir a los juzgados, pero más bien como imputado) debió pensar que la cosa se iba a retrasar (lo cual no es raro). Pero esta vez, no sé si por ser víspera de Semana Santa, le llamaron tres veces antes de la hora y el hombrecillo no apareció, por lo que a las 11:10, hora a la que estabamos citados, comenzó el juicio sin su presencia!!! jajajajaja Muy fuerte... Cuando salimos de la Sala, el señor estaba paseando de lo más tranquilo por los pasillos... imaginaría que había el habitual retraso, cuando en realidad la causa ya estaba vista para sentencia... jajajajaja Moraleja: puntualidad, que las horas y los plazos deben cumplirse religiosamente por los justiciables!! Otra cosa es que los cumplan los demás...

La vuelta de la Semana Santa ha sido dura, más que nada proque fue precipitada. El viernes falleció el padre de una amiga y sin duda ello nos ha hecho vivir mucho más de cerca el dolor en viernes santo, la sepultura y la sensación de ausencia en el sábado santo y la Esperanza en el domingo de Resurrección.

No podía evitar emocionarme cuando mi amiga, que se casa en menos de un mes, decía que estaba muy triste, pero a la vez tranquila y serena, al saber que su padre se había ido en paz con Dios. Por lo que ese ha sido mi tema de reflexión durante estos días: la Esperanza.


Artículo 468 Código Civil
El usufructo se constituye por la ley, por la voluntad de los particulares manifestada en actos entre vivos o en última voluntad, y por prescripción.

lunes, 16 de marzo de 2009

Hasta que se pierde II



El siguiente encuentro con el acusado fue en la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Madrid. En esta ocasión ni sonreía ni lloraba; su rostro estaba serio y aparentemente sereno.


Llegó la hora de la verdad. Nada más empezar el juicio se confirma que los testigos no están, por lo que se hace saber a la Sala el interés en suspender el juicio ya que su testimonio es fundamental para la defensa; en el mismo sentido se manifiesta el ilustrísimo representante del Ministerio Fiscal, si bien propone que, salvo que la defensa no prefiera la celebración en unidad de acto, se celebre parte del juicio y se fije otro día para practicar el resto de la prueba. Sus señorías apagan los micrófonos y debaten brevemente sobre la conveniencia de esta última opción, deliberación que no podemos evitar escuchar todos los presentes debido a la proximidad entre unos y otros. La Presidenta manifiesta que han decidido que se celebre el juicio, pues la agenda está "muy animada", por lo que pasa muy amablemente a explicar al acusado, con palabras comprensibles y de forma muy cercana, su condición y los derechos que le reconoce la Constitución,, qué función cumple cada una de las personas que tiene ante sí y cómo será el desarrollo del juicio. Me sorprendió muy gratamente este detalle!!

Comienza el juicio con el interrogatorio del Ministerio Fiscal, si bien el acusado declara que sólo contestará a las preguntas de su Letrado, por lo que éste prosiguió con su interrogatorio. A continuación, creo que fue la Magistrada ponente, formuló unas cuantas preguntas y, acto seguido, se hizo traer las piezas de convicción para que el acusado las reconociese o no. Llegó el turno de la prueba pericial, que se realizó por videoconferencia. Este momento fue tan interesante como divertido!!! Mientras la perito contestaba las preguntas que se le formulaban, pasaban fugazmente por mi cabeza los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; me parecía que cobraban vida!!! Tanto tiempo en la memoria y por fin iban materializándose, especialmente los del prodecimiento ordinario!!!

Una de las anécdotas fue protagonizada por el oficial, que estaba sentado atrás en su mesa. Durante la celebración del juicio llamó por teléfono para pedir con voz alta y clara que "quitasen la calefacción", que "todavía estamos en juicio y nos estamos torrando"... jajajaja Hay que tener en cuenta que las paredes de la Sala son de cristal, por lo que entraba todo el sol y, encima, el juicio empezó a las 14:00hrs, por lo que el calor se empezaba a sentir en las mejillas!!!

Ya veremos qué pasa en la segunda sesión... No son ni uno ni dos años de prisión los que están en juego, sino muchos más!! Ya lo dice el refrán: "no se sabe lo que se tiene, hasta que se pierde"!!

Artículo 15 Ley Orgánica General Penitenciaria

1. El ingreso de un detenido, preso o penado, en cualquiera de los establecimientos penitenciarios se hará mediante mandamiento u orden de la autoridad competente, excepto en el supuesto de presentación voluntaria, que será inmediatamente comunicado a la autoridad judicial, quien resolverá lo procedente, y en los supuestos de estados de alarma, excepción o sitio en los que se estará a lo que se dispongan las correspondientes leyes especiales.

2. A cada interno se le abrirá un expediente personal relativo a su situación procesal y penitenciaria del que tendrá derecho a ser informado, y para cada penado se formará un protocolo de personalidad.



domingo, 15 de marzo de 2009

Hasta que se pierde I

Antes de seguir leyendo esta entrada, unas preguntas: ¿qué has hecho hoy?, ¿a dónde fuiste?, ¿con cuántas personas has hablado?, ¿a quién viste que te ha hecho tanta ilusión?, ¿qué comiste o qué te compraste?, ¿quién te llamó?, ¿viste alguna película o fuiste a dar un agradable paseo?, ¿estudiaste, trabajaste, viste la tele, fuiste al cine o al teatro, compartiste con tu familia o volviste de un viaje?...

Hace unas semanas tuve la oportunidad de vivir algo que me hizo valorar la libertad como nunca lo había hecho. Por primera vez visité un centro penitenciario. Fuimos a ver a un preventivo para preparar el juicio en el que está imputado.

De camino a la cárcel ya todo me pareció surrealista porque, aunque podía verla desde la carretera, no había ninguna señalización indicando la salida para dirigirse a la prisión. Es una situación que provoca bastante impotencia: ver el lugar al que quieres llegar y no saber cómo acceder a él. Acabamos dos veces en la entrada del Parque de Atracciones de la Warner, un lugar que es la antítesis del que me dirigía yo!!!

Finalmente llegamos y, ya en la entrada, me empiezo a imaginar cómo sería todo dentro: la vida, los residentes de aquel edificio, por qué estarían allí, qué estarían haciendo en ese momento... Nada más entrar, todo indica el lugar en el que estamos: taquillas para depositar las cosas, una salita para los cacheos, papeles y carteles "decoran" las paredes informando sobre los "vis a vis", sobre los requisitos para poder llevar paquetes a los internos, horarios de visitas, normativa de régimen interno, la cuenta de Banco para ingresar dinero, etc.
Tras pasar los respectivos controles, nos conducen por oscuros pasillos, rejas y más rejas; no pude evitar alzar la mirada al contemplar los muros y los alambres de púas que coronaban los mismos. Me parecía estar dentro de una película... hasta que escuché una voz que me dijo "aquí son los locutorios".

Los locutorios no distan mucho de los que se ven en la tele. Son cabinas contiguas en las que te comunicas con el preso a través de un cristal, y, por cierto, a grito limpio!!! Eso del telefonito no existe en Valdemoro. En las mesas que hay a cada lado del cristal hay unos orificios que, en teoría, deben servir de conducto para escuchar la voz del que está al otro lado, pero... escuchar lo que se dice escuchar, más bien poco. Por eso hay que alzar bastante la voz y eso supone que te enteras perfectamente de lo que está hablando el abogado del locutorio vecino con su cliente: el delito que se le imputa, la estrategia para su defensa, etc.

Cuando nos íbamos, el chico empezó a llorar. Ahí me acordé del derecho a la libertad, del artículo 17 de la Constitución. La de veces que lo he recitado como un papagayo y qué poco consciente era del alcance de su valor. Yo salí de la cárcel de Valdemoro y me fui a cenar con mis amigos. Las personas que pierden su libertad no pueden decidir qué hacen, a dónde van, la música que quieren escuchar ni pueden planear un viaje, aunque sí conservan su libertad de pensamiento, sus ideas y sentimientos, que no son menos importante!!. Es cierto que, generalmente, las cosas se valoran cuando se pierden. En este caso, no me hizo falta perder la libertad para valorarla; me bastó pasar la tarde de un viernes visitando a alguien que sí la ha perdido.

Artículo 17 Constitución Española

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley.

2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la Ley establezca.

4. La Ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por la Ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

jueves, 5 de marzo de 2009

Un mal día lo tiene cualquiera

Hay dìas que no sabes por qué, pero todo te sienta mal, todo lo interpretas mal, todos están contra tí y sólo tienes ganas de protestar, gritar y mandar a todo el mundo a la otra punta del mundo.

Un comentario cualquiera, que ayer o antes de ayer podría dar lugar a la risa o simplemente a la indiferencia, hoy puede ser el desencadenante de "Una serie de catastróficas desdichas" (me encanta esa peli, la recomiendo!!!).

Hoy no era buen día para moderme el labio mascando chicle: me hubiese autoenvenenado!!!!

No he estado fina por teléfono, ni en el trato personal, ni tenía ganas de salir, así que cancelé el plan que tenía esta noche porque no quería amargarle el día a nadie.

Menos mal que sé que esto es pasajero y que es una chorrada comparado con los problemas que tienen muchas personas. El ejercicio y la música están amansando la fiera!!!!

Espero que tengáis un feliz viernes como preludio a un magnífico fin de semana!!!

Artículo 19 Ley Enjuiciamiento Civil. Derecho de disposición de los litigantes. Transacción y suspensión.

1. Los litigantes estén facultados para disponer del objeto del juicio y podrán renunciar, desistir del juicio, allanarse, someterse a arbitraje y transigir sobre lo que sea objeto del mismo, excepto cuando la ley lo prohiba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero.

2. Si las partes pretendieran una transacción judicial y el acuerdo o convenio que alcanzaren fuere conforme a lo previsto en el apartado anterior, será homologado por el tribunal que esté conociendo del litigio al que se pretenda poner fin.

3. Los actos a que se refieren los apartados anteriores podrán realizarse, según su naturaleza, en cualquier momento de la primera instancia o de los recursos o de la ejecución de sentencia.

4. Asimismo, las partes podrán solicitar la suspensión del proceso, que será acordada, mediante auto, por el tribunal, siempre que no perjudique al interés general o a tercero y que el plazo de la suspensión no supere los sesenta días.