Me encantaría saber hacer esto... demanda por aquí, escrito por allá, pajarito vete a correos, ratoncito tráeme el fax!!!
Artículo 816 LEC Incomparecencia del deudor requerido y despacho de la ejecución. Intereses.
1. Si el deudor requerido no compareciere ante el tribunal, éste dictará auto en el que despachará ejecución por la cantidad adeudada.
2. Despachada ejecución, proseguirá ésta conforme a lo dispuesto para la de sentencias judiciales, pudiendo formularse la oposición prevista en estos casos, pero el solicitante del proceso monitorio y el deudor ejecutado no podrán pretender ulteriormente en proceso ordinario la cantidad reclamada en el monitorio o la devolución de la que con la ejecución se obtuviere.
Desde que se dicte el auto despachando ejecución la deuda devengará el interés a que se refiere el artículo 576
2 comentarios:
jajaja... eso lo quisieramos saber hacer todos, pero tranquila que con el tiempo a todo se acostumbra una y cuando menos te lo esperes serás capaz de hacer todo eso y más en tiempo record, así que nada, a seguir trabajando 'felizmente' y mucho ánimo!! ;)
Eso, eso... a trabajar mucho, para no perder el ritmo!! Un besote!
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