domingo, 15 de marzo de 2009

Hasta que se pierde I

Antes de seguir leyendo esta entrada, unas preguntas: ¿qué has hecho hoy?, ¿a dónde fuiste?, ¿con cuántas personas has hablado?, ¿a quién viste que te ha hecho tanta ilusión?, ¿qué comiste o qué te compraste?, ¿quién te llamó?, ¿viste alguna película o fuiste a dar un agradable paseo?, ¿estudiaste, trabajaste, viste la tele, fuiste al cine o al teatro, compartiste con tu familia o volviste de un viaje?...

Hace unas semanas tuve la oportunidad de vivir algo que me hizo valorar la libertad como nunca lo había hecho. Por primera vez visité un centro penitenciario. Fuimos a ver a un preventivo para preparar el juicio en el que está imputado.

De camino a la cárcel ya todo me pareció surrealista porque, aunque podía verla desde la carretera, no había ninguna señalización indicando la salida para dirigirse a la prisión. Es una situación que provoca bastante impotencia: ver el lugar al que quieres llegar y no saber cómo acceder a él. Acabamos dos veces en la entrada del Parque de Atracciones de la Warner, un lugar que es la antítesis del que me dirigía yo!!!

Finalmente llegamos y, ya en la entrada, me empiezo a imaginar cómo sería todo dentro: la vida, los residentes de aquel edificio, por qué estarían allí, qué estarían haciendo en ese momento... Nada más entrar, todo indica el lugar en el que estamos: taquillas para depositar las cosas, una salita para los cacheos, papeles y carteles "decoran" las paredes informando sobre los "vis a vis", sobre los requisitos para poder llevar paquetes a los internos, horarios de visitas, normativa de régimen interno, la cuenta de Banco para ingresar dinero, etc.
Tras pasar los respectivos controles, nos conducen por oscuros pasillos, rejas y más rejas; no pude evitar alzar la mirada al contemplar los muros y los alambres de púas que coronaban los mismos. Me parecía estar dentro de una película... hasta que escuché una voz que me dijo "aquí son los locutorios".

Los locutorios no distan mucho de los que se ven en la tele. Son cabinas contiguas en las que te comunicas con el preso a través de un cristal, y, por cierto, a grito limpio!!! Eso del telefonito no existe en Valdemoro. En las mesas que hay a cada lado del cristal hay unos orificios que, en teoría, deben servir de conducto para escuchar la voz del que está al otro lado, pero... escuchar lo que se dice escuchar, más bien poco. Por eso hay que alzar bastante la voz y eso supone que te enteras perfectamente de lo que está hablando el abogado del locutorio vecino con su cliente: el delito que se le imputa, la estrategia para su defensa, etc.

Cuando nos íbamos, el chico empezó a llorar. Ahí me acordé del derecho a la libertad, del artículo 17 de la Constitución. La de veces que lo he recitado como un papagayo y qué poco consciente era del alcance de su valor. Yo salí de la cárcel de Valdemoro y me fui a cenar con mis amigos. Las personas que pierden su libertad no pueden decidir qué hacen, a dónde van, la música que quieren escuchar ni pueden planear un viaje, aunque sí conservan su libertad de pensamiento, sus ideas y sentimientos, que no son menos importante!!. Es cierto que, generalmente, las cosas se valoran cuando se pierden. En este caso, no me hizo falta perder la libertad para valorarla; me bastó pasar la tarde de un viernes visitando a alguien que sí la ha perdido.

Artículo 17 Constitución Española

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley.

2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la Ley establezca.

4. La Ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por la Ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

2 comentarios:

Animus dijo...

toda la razón del mundo, a veces necesitamos ver lo que no tenemos o lo que los demás ya no tienen para valorarlo, desde una tarde vacía sin saber que hacer, salvo lo que te plazca, hasta una mera decisión sin alguien detrás que te vigile.

un beso

yoly dijo...

Hola!
He leido tu entrada y han regresado a mí miles de imágenes y sensaciones...
En primer lugar, decir que hace sólo un mes he empezado a preparar judicatura pero que antes estuve trabajando, y mi primer trabajo fue en penitenciaría, concretamente en la prisión de Picassent en Valencia.Recordaba mientras leía tu entrada lo que me impactó que por cada 10 metros que andase por el interior del establecimiento penitenciario una reja se cerraba tras de mí, y tengo el sonido del cierre grabado a fuego en la memoria.

Un placer leerte. Mucha suerte que seguro que irá bien.
Saludos.